Discapacidad: nuevas auditorías y cambios en pensiones tras la reglamentación de la ley de emergencia

La reglamentación de la ley de emergencia en discapacidad, concretada el pasado 3 de marzo, introduce modificaciones relevantes en el sistema de pensiones no contributivas, en un contexto marcado por reclamos sostenidos de organizaciones y personas con discapacidad.

El proyecto, impulsado en el Congreso por el diputado Daniel Arroyo, atravesó un proceso legislativo complejo: fue aprobado, posteriormente vetado por el Poder Ejecutivo, y finalmente ratificado por el Parlamento. Según referentes del sector, su implementación respondió en gran medida a la presión social y judicial ejercida durante 2025 y lo que va de 2026.

Uno de los cambios centrales es la redefinición de las pensiones, que dejarán de denominarse “por invalidez laboral” para pasar a ser “pensiones no contributivas por discapacidad”. Esta modificación busca adecuar el concepto a un enfoque más preciso, desvinculando la discapacidad de la noción de invalidez.

Auditorías y revisión de beneficios

La nueva normativa establece la continuidad de auditorías sobre los beneficios ya otorgados. En este marco, el Estado avanzará con un proceso de revisión automática —denominado “conversión de oficio”— que alcanzará a todas las pensiones concedidas antes del 22 de septiembre de 2025.

Este procedimiento estará a cargo de la recientemente creada Secretaría Nacional de Discapacidad (Senadis), que reemplaza a la anterior Agencia Nacional de Discapacidad. La revisión se realizará mediante el cruce de datos entre distintos organismos, sin necesidad de que los beneficiarios realicen trámites presenciales o virtuales.

Desde el organismo aseguran que el proceso no implicará la suspensión automática de pagos y que las prestaciones continuarán con normalidad mientras se completa la revisión administrativa.

No obstante, en caso de detectarse inconsistencias o falta de documentación, la Senadis deberá notificar formalmente al titular del beneficio, otorgándole un plazo para regularizar su situación, en cumplimiento del derecho a defensa y a la información.

Recomendaciones y antecedentes

Ante este escenario, especialistas recomiendan a los beneficiarios mantener actualizados sus datos personales en los registros oficiales, especialmente en ANSES, para asegurar la correcta recepción de notificaciones.

La sugerencia se sustenta en antecedentes recientes: auditorías previas derivaron en la suspensión de numerosas pensiones por fallas en la notificación, aunque en muchos casos los beneficios fueron restituidos tras los reclamos correspondientes, sin reconocimiento de los pagos retroactivos.

Nuevos requisitos y criterios

El nuevo esquema también redefine los criterios de acceso. Para acreditar la condición, será clave contar con el Certificado Único de Discapacidad (CUD), además del Certificado Médico Oficial (CMO) en los casos que corresponda.

Asimismo, se mantiene el requisito de un grado de incapacidad laboral del 66% o superior para acceder a determinadas prestaciones, en línea con modificaciones recientes en la normativa vigente.

Un sistema en transición

Actualmente, el sistema se encuentra en una etapa de reorganización institucional. Tras el cierre de la Agencia Nacional de Discapacidad, la nueva estructura depende del Ministerio de Salud y aún se encuentra en proceso de implementación, lo que ha generado demoras en la tramitación de nuevas pensiones.

En este contexto, organizaciones del sector advierten sobre la complejidad del sistema y la necesidad de garantizar accesibilidad en la información y en los procedimientos, especialmente para una población que depende de estos beneficios para su cobertura de salud y calidad de vida.

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