Pueblos originarios rechazan la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada: “No podemos dejar de expresarnos”

Fabricio Silva, del Pueblo Mapuche de Mendoza e integrante del CPI, cuestionó el proyecto del Gobierno nacional. También advirtió sobre sus consecuencias para territorios y derechos constitucionales de los pueblos originarios.

El rechazo del Consejo de Participación Indígena

El Consejo de Participación Indígena viene expresando su rechazo al proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. Lo hace mediante pronunciamientos y comunicaciones. Estas acciones están dirigidas a representantes del Senado.

El CPI reúne a representantes de más de 40 pueblos originarios de todo el país y que alcanza acuerdos mediante proceso de construcción colectiva.

No podemos dejar de expresarnos, aquí y allá tenemos que dejar precedentes”, sostuvo el referente mapuche durante la entrevista radial.

Para Fabricio, la iniciativa forma parte de un conjunto de políticas que favorecen el avance de los capitales privados sobre los territorios. En ese sentido, vinculó el proyecto con otras medidas impulsadas durante la actual gestión nacional y cuestionó el discurso que presenta la defensa de la propiedad privada como una cuestión aislada.

“Es la extranjerización”, afirmó al referirse a las consecuencias que, desde su perspectiva, puede tener el proyecto.

Territorio, extractivismo y derechos indígenas

El integrante del CPI señaló que las comunidades vienen articulando con organizaciones sociales, ambientales y campesinas frente al avance de políticas extractivistas. También destacó la necesidad de fortalecer instancias de consulta y participación indígena en decisiones que afectan directamente a los territorios.

En ese marco, recordó las campañas de estigmatización que sufrió el pueblo Mapuche en Mendoza y cuestionó la construcción de discursos que presentan a las comunidades como ajenas al territorio. Fabricio nos explicó que muchas de esas miradas desconocen tanto la historia regional como los derechos reconocidos constitucionalmente.

¿Qué significa la preexistencia de los pueblos originarios?

Uno de los puntos centrales de la entrevista fue la explicación del concepto de preexistencia, reconocido en el artículo 75, inciso 17, de la Constitución Nacional.

El entrevistado explicó que la preexistencia refiere a la existencia de los pueblos originarios antes de la conformación del Estado argentino, y que ese reconocimiento tiene consecuencias jurídicas vinculadas con la ocupación tradicional de los territorios y la garantía de derechos indígenas.

La preexistencia habla de eso: padres y abuelos son hijos de los hijos y ya hace 100, 200 años atrás no estaba el país argentino como lo conocemos hoy”, explicó.

La aclaración resulta especialmente relevante frente a los discursos que sostienen que el pueblo Mapuche no pertenece a Mendoza. Para Fabricio, existe una mirada folclorizada de las identidades indígenas que desconoce la diversidad y la presencia histórica de los pueblos Mapuche, Huarpe y Ranquel en la provincia.

“Una batalla cultural” por los territorios

Durante la conversación, también se puso en discusión la relación entre identidad, memoria y territorio. Señaló que el avance de determinadas políticas económicas implica no solamente una disputa por la tierra, sino también por el agua, los glaciares, los bienes naturales y las formas de vida que históricamente se desarrollaron en esos territorios.

Frente a este escenario, planteó la necesidad de profundizar la organización y la articulación entre comunidades y organizaciones sociales. “Necesitamos darle la presencialidad a todo lo que estamos traccionando como acción conjunta”, expresó al referirse a las acciones previstas frente al tratamiento del proyecto.

Te invitamos a escuchar la entrevista completa a Fabricio Silva, donde aborda el rechazo del Consejo de Participación Indígena a la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, explica qué implica la preexistencia reconocida constitucionalmente y reflexiona sobre la defensa de los territorios, la identidad y los derechos de los pueblos originarios en Mendoza.

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